Cuotas de Acceso
De conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo así como el diverso 26 del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. Este Instituto establece sus cuotas por la reproducción de materiales, para la entrega de información, cuando los interesados lo requieran.
Por la reproducción de la hoja 21 y subsecuentes, que se soliciten como parte de una solicitud de acceso a la información, el cobro será:
Material
- Copia simple
- Copia Certificada de resoluciones o documentos
- Copias Certificadas de Expedientes o de otros documentos de hasta 5 fojas
- Copias Certificadas de documentos o resoluciones de más de 5 fojas
- Impresión o copia simple de documentos y/o planos con medidas 90x60
- Certificación de impresión o copia de documentos y/o planos de 90x60
Cantidad
- Por cada foja
- 1 foja
-
-
Por cada foja adicional
-
-
Número de veces del valor diario de la UMA
- 0.01
- 1.00
-
1.00
-
0.20
-
0.60
-
1.20
Cuando el Instituto Estatal Electoral se encuentre en condiciones de otorgar los documentos solicitados en versiones digitales, se percibirá por la hoja 21 y subsecuentes los siguiente:
Material
- Foja Digitalizada
- Planos Digitalizados
- Archivo Informático
- Disco Óptico
Cantidad
- Por cada foja
- Por cada plano
- Por cada archivo
- Por disco
Número de veces del valor diario de la UMA
- 0.01
- 0.01
- 0.01
- 0.15