El Órgano Interno de Control está dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones, vigilará que los recursos públicos sean administrados y ejercidos de acuerdo con las normas establecidas para tal efecto, asimismo, fomentará la rendición de cuentas en el ejercicio de sus funciones y vigilará el cumplimiento de los objetivos institucionales.

 ACUERDOS

ACUERDO POR EL CUAL SE DETERMINAN LOS PLAZOS PARA SOLVENTAR HALLAZGOS DE AUDITORIAS INTERNAS.

 

ACUERDO POR EL CUAL SE EMITEN CRITERIOS RESPECTO A LOS PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL


LEYES